I.-Cuidar el Cumplimiento de la Ley, del presente Reglamento y de los mandamientos específicos que de una y otra emanen.
II.- Hacer los estudios necesarios para adaptar los servicios de transportes a la necesidad de las demandas sociales en los términos del Plan de Vialidad y Transporte.
III.- Dictar las medidas tendientes al mejoramiento en la prestación del servicio de transporte del Municipio de Atizapán de Zaragoza,en los términos del Plan de Vialidad y Transporte.
IV.- Controlar, mandar y vigilar, como jefe inmediato la actuación de todo el personal y demás autoridades de la Dirección Municipal del Transporte Público de Atizapán de Zaragoza.
V.- Establecer las políticas en materia de transporte público en cualquiera de sus modalidades conforme al Plan de Vialidad y Transporte para el municipio de Atizapán de Zaragoza
VI.- Proponer, por conducto del Secretario de Gobierno Municipal, al Presidente Municipal los convenios de coordinación en materia de transporte público con otros municipios.
VII.- Imponer las sanciones a las que se refieren el presente reglamento.
VIII.- Autorizar desviaciones de rutas o recorridos del servicio público de transporte de pasajeros por un tiempo determinado con motivo de obras o mantenimiento de vialidades.
IX.- Las demás que le confieran la Ley, el presente Reglamento y el Reglamento Interno de la Dirección Municipal del Transporte Publico de Atizapán de Zaragoza.