Dirección General de Servicios al Autotransporte

Actividades

I.-Cuidar el Cumplimiento de la Ley, del presente Reglamento y de los mandamientos específicos que de una y otra emanen.

II.- Hacer los estudios necesarios para adaptar los servicios de transportes a la necesidad de las demandas sociales en los términos del Plan de Vialidad y Transporte.

III.- Dictar las medidas tendientes al mejoramiento en la prestación del servicio de transporte del Municipio de Atizapán de Zaragoza,en los términos del Plan de Vialidad y Transporte.

IV.- Controlar, mandar y vigilar, como jefe inmediato la actuación de todo el personal y demás autoridades de la Dirección Municipal del Transporte Público de Atizapán de Zaragoza.

V.- Establecer las políticas en materia de transporte público en cualquiera de sus modalidades conforme al Plan de Vialidad y Transporte para el municipio de Atizapán de Zaragoza

VI.- Proponer, por conducto del Secretario de Gobierno Municipal, al Presidente Municipal los convenios de coordinación en materia de transporte público con otros municipios.

VII.- Imponer las sanciones a las que se refieren el presente reglamento.

VIII.- Autorizar desviaciones de rutas o recorridos del servicio público de transporte de pasajeros por un tiempo determinado con motivo de obras o mantenimiento de vialidades.

IX.- Las demás que le confieran la Ley, el presente Reglamento y el Reglamento Interno de la Dirección Municipal del Transporte Publico de Atizapán de Zaragoza.

Tramites y Servicios

 

Licencias para conducir vehículos automotores

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Placas de Servicio Particular de Automóvil, Camión, Motocicleta y Remolque para vehicular nuevos.

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Cambio de Propietario, Domicilio o Motor

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Canje de Placas

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Permisos para Circular sin Placas y Tarjeta de Circulación (30 días)

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Permisos para Transportar Carga (180 días)

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Reposición de Tarjeta de Circulación.

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Calificación de infracciones

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Expedición de Certificados de No Infracciones.

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Permiso de traslado

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Liberación de vehículos retenidos por infracción

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Liberación de vehículos retenidos por cumplimiento a una orden judicial.

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Liberación de vehículos retenidos por accidente de tránsito.

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Platicas de educación vial

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Comités viales escolares

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Atención a peticiones ciudadanas y las relacionadas con transporte

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REFRENDOS

AUTO

$395

CARGA

$990

MOTO HASTA 350 C.C.

$735

MOTO  MAS DE 350 C.C.

$884

REMOLQUE

$1,379

OTROS

MULTA  X  C.P Y C.M ART. 30

$170

REVISTA

$379

Sistema de Puntos

Los puntos de penalización se acumulan de la siguiente manera

Artículo Infringido
Puntos
5 frac. V, 6 frac. I, II, X; 13 frac V y VI
6
5 frac. III y 6 frac. XIII
3
Todos los demás artículos no señalados
1
*Las licencias de conducir se cancela al acumular 12 puntos de penalización. La reexpedición procede después de transcurridos tres años.
**La acumulación de puntos no exime de la sanción que corresponda a la infracción cometida.
***Los puntos tendrán vigencia de un año, a partir de la fecha de expedición de la boleta de infracción.

Programa de Verificación
Vehicular Obligatorio

1er. PERIODO DE VERIFICACIÓN

ENGOMADO

2° PERIODO DE VERIFICACIÓN

ENE / FEB

LUNES 5 Y 6

JUL / AGO

FEB / MAR

MARTES 7 Y 8

AGO / SEP

MAR / ABR

MIERCOLES 3 Y 4

SEP / OCT

ABR / MAY

JUEVES 1 Y 2

OCT / NOV

MAY / JUN

VIERNES 9 Y 0

NOV / DIC

HOY NO CIRCULA SABATINO

1er. Sábado

5 y 6

2° Sábado

7 y 8

3er. Sábado

 3 y 4

4° Sábado

1 y 2

5° Sábado

9, 0 y permisos

*En la zona metropolitana, no circularán de lunes a viernes los vehículos con placas de otra entidad y del extranjero de 5:00 a 11: 00 hrs.
**Quedan exentos los vehículos que porten holograma 0 y 00.
El horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:45 a 16:00 hrs. y Sábados de 8:45 a 13:00 hrs.
 

Directorio de Servidores